El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos entró en vigor el 18 de noviembre
Este viernes 18 de noviembre, entraron en vigor las normas de la Ley 21.389, referidas a la creación de un Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. La norma tiene como objetivo garantizar los derechos de los niños y niñas a percibir por parte de sus progenitores los medios y recursos necesarios para subsistir.
Las personas que estén obligadas a pagar pensión de alimentos fijada o aprobada por el tribunal, provisorios o definitivos y que adeuden, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas, serán las inscritas en el registro.
Quienes no cumplan con las pensiones decretadas por un Tribunal de Familia, se les aplicarán medidas que se imponen a los empleadores y a los operadores del sistema financiero y bancario nacional, como por ejemplo, la retención del 50% de los créditos, retención de remuneraciones, honorarios, pensiones e indemnizaciones por términos de relación laboral, además del embargo de bienes y la retención de beneficios estatales, entre otras acciones.
El registro es electrónico y público, teniendo por objetivo coordinar diversas medidas legales. Su funcionamiento y administración está a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.